Ayudas individuales, para personas dependientes en Galicia

Se establecen las bases reguladoras de la convocatoria pública para la concesión de ayudas individuales en régimen de concurrencia competitiva, de carácter no periódico, para personas en situación de dependencia, empadronadas en la Comunidad Autónoma de Galicia.
El plazo para su presentación será de dos meses, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia, es decir desde el 28 de febrero de 2011. A estos efectos, se entenderá que el plazo vence el día cuyo ordinal coincida con el que sirvió de partida, que es el de la publicación en el Diario Oficial de Galicia, y, si es festivo, el primer día hábil siguiente.
Orden de 17 de febrero de 2011 por la que se establecen las bases reguladoras que regirán la concesión de ayudas individuales destinadas a la promoción de la autonomía personal y la accesibilidad y se procede a su convocatoria (DOG de 28-02-2011).

Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de la convocatoria pública para la concesión de ayudas individuales en régimen de concurrencia competitiva, de carácter no periódico, para personas en situación de dependencia, empadronadas en la Comunidad Autónoma de Galicia.
La solicitud debidamente firmada por el solicitante de la ayuda o su representante legal o guardador de hecho, se formalizará según el modelo que se adjunta como anexo III y se presentará en la jefatura territorial de la Consellería de Trabajo y Bienestar correspondiente a su residencia (ver más en "Presentación de solicitudes").
El plazo para su presentación será de dos meses, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia. A estos efectos, se entenderá que el plazo vence el día cuyo ordinal coincida con el que sirvió de partida, que es el de la publicación en el Diario Oficial de Galicia, y, si es festivo, el primer día hábil siguiente.